La devolución de impuestos en México se refiere al proceso mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) regresa a los contribuyentes el monto que han pagado en exceso por impuestos durante el año fiscal. Este proceso puede realizarse si se cumplen ciertos requisitos.
Para solicitar la devolución de impuestos en México, obviamente después de haber presentado la declaración anual, el contribuyente debe asegurarse nuevamente de que todos sus datos estén actualizados y correctos.
A continuación, presentamos lo más relevante para personas morales y personas físicas en cuanto a la devolución de impuestos.
Personas Morales
El trámite de devolución de impuestos para personas morales permite a las empresas una recuperación de dinero que se conoce comúnmente como “saldo a favor” o “impuestos a favor”.
Esto quiere decir que, previa presentación de la declaración anual en tiempo y forma, las personas morales que hayan obtenido como resultado un saldo a favor de impuestos, pueden tramitar la solicitud de devolución.
El trámite es gratuito y no solo abarca saldos a favor de ISR, sino también de IVA e IEPS.
Algo a tomar en cuenta es que, de acuerdo con información del SAT, la solicitud de devolución puede tramitarse dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se presentó la declaración correspondiente, o en el caso de que se haya realizado el llamado “pago de lo indebido” (que ocurre cuando se paga al SAT una cantidad superior a la que por ley debía entregarse).
¿Cómo realizar el trámite en línea?
1. Ingresa a este link y da clic en el botón iniciar.
2. Registra tu e-firma o RFC y contraseña.
3. Valida tus datos y confirma.
4. Selecciona el tipo de aviso.
5. Aporta la información y archivos en la solicitud.
6. Firma y envía el trámite con apoyo de tu firma electrónica.
7. Guarda o imprime tu acuse de recibo electrónico.
¿En qué tiempo se resuelve una solicitud de devolución?
Las devoluciones deberán efectuarse dentro de un plazo de 40 días posteriores a la fecha de la solicitud.
Personas Físicas
Ya hemos comentado anteriormente que las personas físicas que tengan más de un patrón, sean “freelance” o ganen más de 400 mil pesos anuales deben haber presentado su declaración de impuestos.
También las personas físicas son susceptibles a recibir, por parte del SAT, dinero como resultado del cálculo de pago de impuestos.
Para conocer previamente cómo podría irte en este trámite ingresa al Visor de Deducciones Personales en la página del SAT (https://www.sat.gob.mx/declaracion/94574/consulta-el-visor-de-deducciones-personales).
Este Visor te permite consultar las facturas que hayas emitido durante el año fiscal, así como los conceptos facturados se clasifican como deducciones personales. Es importante señalar que se registran únicamente las facturas que aplican para este fin y la cantidad que se refleje acumulada no significa que será la que obtendrás a favor al presentar tu declaración anual.
¿Cómo realizar el trámite en línea?
1. Ingresa a este link y da clic en el botón iniciar.
2. Ingresa con e-firma o RFC y contraseña.
3. Llena los datos solicitados en el formato electrónico.
4. Ingresa los archivos con los documentos del trámite escaneados.
5. Firma y envía el trámite con apoyo de tu firma electrónica.
6. Guarda o imprime tu acuse de recibo electrónico.
7. Da seguimiento a tu devolución en el contenido relacionado «Consulta tu devolución automática”.
Estamos en una época en la que tradicionalmente a los contribuyentes les interesa mucho una recuperación de fondos monetarios por el saldo a favor en la declaración de impuestos. Como siempre, GN3 te pone al tanto, y de manera muy sencilla, de todo lo importante en cuanto a nóminas, IMSS y SAT.
¡Estamos para apoyarte!