GN3 te informa: Sin miedo ante la declaración anual como persona moral

La palabra “impuestos” genera dudas, temor y hasta molestia. Pero, como contribuyente, lo más importante es estar enterado al máximo para poder realizar este trámite sin incurrir en errores y para, incluso, aprovechar algunos planteamientos.

Para empezar por algo elemental, definamos lo que es la “declaración anual de impuestos”: se trata de un trámite para indicarle al SAT (Servicio de Administración Tributaria) cuánto dinero fue percibido por actividades laborales o empresariales, así como el porcentaje que de esa cantidad debe ir a la recaudación de impuestos. También puede determinarse cuánto dinero podría ser devuelto o abonado. La declaración anual es obligatoria para los contribuyentes en México —con algunas excepciones— y está fundamentada en el Artículo 31 de nuestra Constitución.

En este mes de marzo, corresponde a las personas morales presentar su declaración del ejercicio fiscal 2022, a más tardar el día 31. Pero, ¿a quiénes se les considera “personas morales”? El Artículo 7 de la Ley del ISR identifica como personas morales a: 

· Sociedades mercantiles

· Organismos descentralizados con actividades empresariales

· Instituciones de crédito

· Sociedades y asociaciones civiles

· Asociación en participación si realiza actividades empresariales en México

· Sociedades cooperativas

· Sistema financiero

· Fideicomisos con actividad empresarial

Si hay alguna duda en este sentido, existe el “Simulador del cuestionario de actividades económicas y obligaciones fiscales” del SAT, que puede ayudar a conocer con exactitud las obligaciones fiscales que hay que cumplir, ya sean la declaración anual, las declaraciones mensuales o información del tipo de persona de que se trate (física o moral). En este enlace se encuentran detalladamente los pasos a seguir.

Algo importante es hacer notar que el 20 de diciembre de 2022, el SAT dio a conocer el nuevo formato de declaración anual de personas morales, que incluye cambios y actualizaciones respecto a años anteriores. En términos generales, destaca todo lo relacionado con los estados financieros de las empresas.

Además del balance general (en el que debe anotarse el comparativo entre los ejercicios 2021 y 2022 y, en caso de una variación importante, es necesario hacer una anotación para aclararla) y el estado de resultados, que ya se presentaban, hay que incluir:

· Estado de flujo de efectivo, que muestra las entradas y salidas de efectivo de una empresa. 

· Estado de variaciones en el capital, que muestra los cambios en la inversión de los accionistas o dueños.

Como podemos ver, la autoridad fiscal está exigiendo más información y más detallada. Por eso es importante estar al tanto de las reformas que se han implementado. ¡En GN3 estamos actualizados y al día con los cambios fiscales!

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