¿Cuántas veces has recibido utilidades?

GN3 te informa. Recibir utilidades es un derecho constitucional que toda persona tiene al encontrarse en una relación laboral contractual con una empresa y un patrón. ¿A ti te han dado utilidades? ¿Sabes si este año te toca recibirlas? ¡Sigue leyendo!

Según el SAT lo establece, “todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran”.

Ya que nos encontramos en pleno momento del reparto, aquí presentamos una serie de preguntas y sus respuestas elementales para conocer un poco más a detalle todo lo que implica la PTU.

¿Qué es PTU?

Al reparto de utilidades también se le conoce como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades). Se trata de una prestación que todo empleador tiene la obligación de cumplir hacia sus colaboradores, en virtud de que la PTU funciona como un incentivo para estimular la productividad, como una retribución al esfuerzo productivo de los colaboradores. Es, además, un instrumento que contribuye con la redistribución de la riqueza y a la justicia social.

¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?

Todo colaborador que esté al servicio de un empleador tiene derecho a recibir el pago de su PTU. Entre estos se encuentran:

  1. Trabajadores que estén en períodos de incapacidad temporal, pero que estén activos.
  2. Trabajadores eventuales, siempre que su período laboral haya sido de por lo menos 60 días durante el año.
  3. Exempleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días.

¿Quiénes no tienen derecho al reparto de utilidades?

El artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo señala que los siguientes empleados son los que no tienen derecho a recibir el pago de PTU:

  1. Directores, gerentes generales y administradores.
  2. Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
  3. Socios y accionistas.
  4. Colaboradores en esquema de pago por honorarios. 
  5. Trabajadores domésticos.

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?

La Procuraduría Federal del Trabajo señala que los trabajadores participarán en las utilidades de acuerdo al porcentaje que determine la Comisión Nacional, que actualmente representa el 10% de las utilidades netas. La mitad de las utilidades se determina conforme a los días trabajados. Tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año. Mientras que la otra mitad se determina según el monto de los salarios percibidos por los colaboradores en la empresa.

¿Cuándo se pagan las utilidades correspondientes al ejercicio 2021 en México?

Considerando que el periodo para que las personas morales presenten la declaración anual del 1 al 31 de marzo, la fecha para entregar el reparto es del 1 de abril al 30 de mayo de 2022. Mientras que, para las personas físicas, el periodo para el pago de PTU es del 1 de mayo al 29 de junio de 2022.

Notas importantes:

  • En caso de que la empresa no generó utilidades en el ejercicio fiscal anterior, no hay reparto.
  • Pero si la empresa obtuvo un ingreso anual declarado ante el SAT que supere los 300 mil pesos, existe la obligación de repartir las utilidades entre los empleados.
  • Es importante considerar que los empleados, para el cobro de sus utilidades, tienen un año como plazo a partir del día siguiente en que se genere la obligación.
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Fuente: 1) El Financiero. 25 de marzo de 2022. Reparto de utilidades 2022: ¿Cuándo se pagan a los trabajadores? Recuperado el 9 de mayo de 2022 de https://www.elfinanciero.com.mx/mis-finanzas/2022/03/27/reparto-de-utilidades-2022-cuando-se-pagan-a-los-trabajadores/

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