
Prepárate en lo que resta del año para evitar problemas a partir de 2023.
En lo que resta del año se presenta la oportunidad para adaptarse al proceso de emisión de la Carta Porte, ya que iniciando el 2023 quienes no la tengan o cometan errores serán sancionados o multados de acuerdo con la infracción.
La Carta Porte es un complemento emitido por la Secretaría de Administración Tributaria y a la fecha ya ha sido tramitado por una enorme cantidad de contribuyentes dedicados al transporte de bienes y mercancías, quienes ya han emitido sus facturas electrónicas con dicho complemento.
Sin embargo, hay muchas razones por las que todavía un gran número de personas físicas y morales no han comenzado el trámite, pero la más significativa es el no saber por dónde empezar.
Por ello, a continuación te compartimos la información más relevante que debes tomar en cuenta para realizar el proceso sin que el tiempo se te venga encima.
¿Tú debes tramitarla?
Aunque parezca que es algo obligatorio para todas las empresas, en realidad la Carta Porte solo aplica para aquellas cuya actividad económica sea de servicio de transporte; o si se trata del dueño del vehículo dedicado a la transportación o la mercancía que se envía. Y también te involucra si eres intermediario o agente de transporte con servicios de logística para el traslado de mercancías.
Plataformas de facturación
Para facilitar el proceso, busca las plataformas para hacer tus facturas.
Investiga sobre multas y sanciones
No emitir la Carta, o hacerlo incorrectamente, te hará acreedor a multas que van desde 760 pesos hasta 14,710, dependiendo de la infracción cometida.
Del portal del SAT: ¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?
- Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional.
- Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte.
- Si te contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento Carta Porte.
- Si eres el propietario de los bienes o mercancías o actúas como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional.
- Por ejemplo, si transportas tu lote de zapatos con tu propio camión de carga de Guanajuato a la CDMX, deberás emitir una factura electrónica de Traslado con complemento Carta Porte.
- Si eres el propietario de los bienes o mercancías y necesitas trasladarlas con tus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Traslado con el complemento Carta Porte.
Para más información acerca de Carta Porte, puedes consultar estas fuentes:
1) El Economista. 8 de septiembre de 2022. Los 4 elementos que necesita saber tu pyme para la Carta Porte. Recuperado el 15 de septiembre de 2022 de https://www.eleconomista.com.mx/el-empresario/Los-4-elementos-que-necesita-saber-tu-pyme-para-la-Carta-Porte-20220907-0137.html
2) Carta Porte. s/f. Carta Porte. Autotransporte. Recuperado el 15 de septiembre de 2022 de http://omawww.sat.gob.mx/cartaporte/Paginas/autotransporte/index.htmlso%2520por%2520parte%2520del%2520Instituto
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